FALTAS GRAVES

COHECHO

Es cuando se corrompe a alguien para obtener un favor de su parte, mediante dinero, regalos, etc. Regularmente se le entrega a un funcionario público para que éste concrete u omita una acción.

Se incurre por exigir, aceptar, obtener o pretender obtener, por sí o a través de terceros, con motivo de sus funciones, cualquier beneficio no comprendido en su remuneración como servidor/a público/a, que podría consistir en dinero; bienes muebles o inmuebles; donaciones; servicios; empleos y demás beneficios indebidos para sí o para su cónyuge, parientes, terceros con los que tenga una relación profesional, laboral o de negocios o para socios o sociedades de las que sean parte.

PECULADO

Es cuando un servidor público se queda con el dinero que debía de administrar, malversación de fondos públicos.

Comete peculado: la o el servidor público que autorice, solicite o realice actos para el uso o apropiación para sí o para su cónyuge, parientes, terceros con los que tenga una relación profesional, laboral o de negocios o para socios/as o sociedades de las que sean parte, de recursos públicos, sean materiales, humanos o financieros, sin fundamento jurídico o en contraposición a las normas aplicables.

Desvío de recursos públicos

Cuando el servidor Público utiliza recursos que no le pertenecen con cualquier fin distinto al que estaban destinados.

Es responsable del mismo la servidora o el servidor público que: autoriza, solicita o realiza actos para la asignación o desvío de recursos públicos, sean materiales, humanos o financieros, sin fundamento jurídico o en contraposición a las normas aplicables.

Utilización indebida de información

Cuando el servidor público utliza la información confidencial para obtener beneficio personal.

Se incurre por: adquirir para sí o para su cónyuge, parientes, terceras personas con las que tenga una relación profesional, laboral o de negocios o para socios/as o sociedades de las que sean parte, bienes inmuebles, muebles y valores que pudieren incrementar su valor o, en general, que mejoren sus condiciones, así como obtener cualquier ventaja o beneficio privado, como resultado de información privilegiada. Esta restricción será aplicable inclusive cuando la servidora o el servidor público se haya retirado del empleo, cargo o comisión, hasta por un plazo de un año.

Abuso de funciones

Ocurre si el servidor público realiza funciones que no le corresponden para beneficarse él o a otras personas..

Es responsable la servidora o el servidor público que: ejerce atribuciones que no tenga conferidas o se valga de las que tenga, para realizar o inducir actos u omisiones arbitrarios, para generar un beneficio para sí o para su cónyuge, parientes, terceras personas con las que tenga una relación profesional, laboral o de negocios o para socios/as o sociedades de las que sean parte o para causar perjuicio a alguna persona o al servicio público.

Actuación bajo conflicto de intereses

Cuando el servidor público interfiere de alguna manera en asuntos donde exista conflicto de intereses.

Se incurre por: intervenir por motivo de su empleo, cargo o comisión en cualquier forma, en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga Conflicto de Interés o impedimento legal. Al tener conocimiento de los asuntos mencionados, la o el servidor público debe informar tal situación a su jefe/a inmediato/a o al órgano que determine las disposiciones aplicables de los entes públicos, solicitando sea excusado/a de participar en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de los mismos.

Contratación indebida

Ocurre si el servidor público autoriza la contratación de una persona que esté imposiblitada a trabajar de acuerdo a los reglamentos del Sistema Nacional de Servidores Públicos y Particulares de la Plataforma Digital Nacional.

La comete la servidora o el servidor público que: autoriza cualquier tipo de contratación, así como la selección, nombramiento o designación, de quien se encuentre impedido/a por disposición legal o inhabilitado/a por resolución de autoridad competente para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público o inhabilitado/a para realizar contrataciones con los entes públicos, siempre que en el caso de las inhabilitaciones, al momento de la autorización, éstas se encuentren inscritas en el Sistema Nacional de Servidores Públicos y Particulares Sancionados de la Plataforma Digital Nacional

Enriquecimiento oculto u ocultamiento de conflicto de interés

Si el servidor público no dice la verdad en cuanto a los bienes que tiene y de sus declaraciones patrimoniales.

Es responsable la servidora o el servidor público que: falte a la veracidad en la presentación de las declaraciones de situación patrimonial o de intereses, para ocultar el incremento en su patrimonio o el uso y disfrute de bienes o servicios que no sea explicable o justificable, o un Conflicto de Interés.

Tráfico de influencias

Es cuando el servidor público abusa de las funciones de su puesto para beneficio propio o de otras personas.

Incurre en ella la servidora o el servidor público que: utiliza la posición que su empleo, cargo o comisión le confiere para inducir a que otro/a servidor/a público/a efectúe, retrase u omita realizar algún acto de su competencia, para generar cualquier beneficio, provecho o ventaja para sí o para su cónyuge, parientes, terceras personas con las que tenga una relación profesional, laboral o de negocios o para socios/as o sociedades de las que sean parte.

Encubrimiento

Consiste en realizar actos u omitir la realización de actos con el fin de impedir o dificultar la acción del Estado para descubrir e investigar un delito o una serie de delitos, así como identificar a sus autores. Ej. "fue acusado de obstrucción a la justicia y encubrimiento por negarse a declarar"

Será responsable de encubrimiento la servidora o el servidor público que: cuando en el ejercicio de sus funciones llegare a advertir actos u omisiones que pudieren constituir faltas administrativas, realice deliberadamente alguna conducta para su ocultamiento

Desacato

Es una resistencia o desobendiencia a la autoridad por parte del servidor público.

La comete el servidor o servidora pública que: tratándose de requerimientos o resoluciones de autoridades fiscalizadoras, de control interno, judiciales, electorales o en materia de defensa de los derechos humanos o cualquier otra competente, proporcione información falsa, así como no de respuesta alguna, retrase deliberadamente y sin justificación la entrega de la información, a pesar de que le hayan sido impuestas medidas de apremio conforme a las disposiciones aplicables.

Obstrucción de la justicia

La obstrucción a la justicia es una acusación penal que, en general, puede imponerse cuando una persona obstaculiza a los fiscales u otros funcionarios en el curso de la investigación o enjuiciamiento de actividades delictivas. Su definición exacta puede variar según las diferentes leyes estatales y federales, pero los siguientes son ejemplos típicos de motivos para los cargos de obstrucción a la justicia:

Mentir a los oficiales en el curso de una investigación
Ocultar a un sospechoso de una investigación o proporcionarles una falsa coartada
Alterar, destruir u ocultar pruebas físicas Manipulación de un testigo
Influenciar a los miembros del jurado
Malversación por un juez, fiscal o funcionario electo en la conducción de su cargo

Se actualiza cuando: las servidoras o los servidores públicos responsables de la investigación, substanciación y resolución de las faltas administrativas:
● Realicen cualquier acto que simule conductas no graves durante la investigación de actos u omisiones calificados como graves.
● No inicien el procedimiento correspondiente ante la autoridad competente, dentro del plazo de treinta días naturales, a partir de que tengan conocimiento de cualquier conducta que pudiera constituir una falta administrativa grave, faltas de particulares o un acto de corrupción, y
● Revelen la identidad de un denunciante anónimo protegido.

FALTAS GRAVES DE PARTICULARES

Soborno

El particular que prometa, ofrezca o entregue cualquier beneficio indebido (dinero, valores, bienes muebles, inmuebles, enajenación de bienes a precio inferior, donación, servicios, empleo) a uno o varios.

Participación ilícita en procedimientos administrativos

Los actos u omisiones para participar en procedimientos administrativos, no obstante que se encuentren impedidos o inhabilitados.

Tráfico de influencias

El particular que use su influencia, poder económico o político, real o ficticio, sobre cualquier servidor público, para obtener para sí o para terceros un beneficio o ventaja o para causar perjuicio a alguna persona o al servicio público.

Utilización de información falsa

Si se presenta documentación o información falsa o alterada, o simulen el cumplimiento de requisitos o reglas establecidos en los procedimientos administrativos, para lograr una autorización, un beneficio, ventaja o perjudicar a alguna persona.

Obstrucción de facultades

Si el particular tiene información vinculada con una investigación de Faltas administrativas y proporcione información falsa, retrase deliberadamente e injustificadamente la entrega de la información o no de respuesta a los requerimientos o resoluciones de las autoridades

Colusión de particulares

El particular que ejecute con uno o más sujetos particulares, en materia de contrataciones públicas, acciones que impliquen o tengan por objeto o efecto obtener un beneficio o ventaja indebidos en las contrataciones públicas  Si el particular acuerda o celebra contratos, convenios, arreglos o combinaciones entre competidores, para obtener un beneficio indebido u ocasionar un daño a la Hacienda Pública o al patrimonio de los entes públicos.
Si la infracción se realiza a través de un intermediario, serán sancionados bajo este tipo legal.
La colusión también será aplicable tratándose de transacciones comerciales internacionales.

Uso indebido de recursos públicos

El particular que realice actos mediante los cuales se apropie, haga uso indebido o desvíe del objeto para el que estén previstos los recursos públicos, materiales o humanos, si éste por alguna razón los maneja, recibe, administra o tiene acceso a ellos. • La omisión de rendir cuentas que comprueben el destino que se otorgó a los recursos

Contratación indebida

El particular que contrate a quien haya sido servidor público durante el año previo, que posea información privilegiada y directamente permita que el contratante se beneficie en el mercado o se coloque en situación ventajosa frente a sus competidores.
De igual forma, será sancionado el ex servidor público que interviene